sábado, noviembre 23 2024

Se efectúa ampliación de parte diario al encontrarse en estudio un caso sospechoso de hombre que llegó del exterior.  Al presentar síntomas compatibles con COVID-19, personal de salud efectuó el hisopado correspondiente. El paciente está clínicamente estable, con síntomas leves y aislado en una vivienda de la localidad de La Caleta.

Asimismo, se informa que Fiscalía General de Mar del Plata ya le hizo llegar la notificación judicial correspondiente al individuo que se encuentra aislado y, por ende, la prohibición de salir de su casa con el correspondiente control policial.

Cabe señalar que la notificación judicial emanada del Ministerio Público Fiscal departamental se encuadra en el decreto presidencial que cita los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación que fija las pautas de aplicación para quienes incumplieran la cuarentena dispuesta, los que se transcriben a continuación para su conocimiento:

“Artículo 205: será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

“Artículo 239: será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél, o en virtud de una obligación legal”.

 

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